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Capitulo 2. Dos de las obligaciones básicas de los socios rotarios de un club son la Asistencia a las reuniones de su club y el pago de las cuotas sociales. Rotary entiende que la presencia de un socio en las reuniones del club (además de su activa participación en todas las actividades del club fuera de las reuniones semanales) es fundamental. Son los socios los que nutren a Rotary y el éxito del programa en general y la atmósfera de amistad que Rotary propicia se alimentan con la activa participación del individuo. En este sentido, el núcleo central de las disposiciones sobre las asistencias del socio al club se expresa en el siguiente párrafo: ASISTENCIA: Todos los socios del club rotario deberán asistir a las reuniones ordinarias del mismo, y deberán mantener porcentajes de asistencia mínimos. Los socios pueden compensar inasistencias (como se dispone y más abajo veremos). Del mismo modo, todo socio debe evitar cuatro inasistencias consecutivas a las reuniones de su club. Se considerará presente al socio que permaneciera en la reunión ordinaria del club propiamente dicha durante por lo menos el 60% del tiempo, o estuviese presente y se viera obligado a ausentarse de manera imprevista y, posteriormente, presentara constancia a la directiva del club de que tal ausencia se debió a motivos razonables, o que compensara su ausencia. Rotary ha legislado sobre las inasistencias, y ha considerado distintos supuestos: Ausencia prolongada por encontrarse trabajando fuera de la localidad. Dispensas. Ausencias de los funcionarios de RI. COMPENSACION DE INASISTENCIAS Sabiamente, Rotary ha dispuesto que los socios que no pueden asistir a la reunión semanal de su club, puedan compensar esa inasistencia asistiendo a reuniones de otros clubes, y a otras reuniones rotarias diversas. Esto no solo facilita al socio mantener sus asistencias, sino que además promueve que los socios visiten otros clubes en todo el mundo y conozcan a otros rotarios. Con este espíritu, Rotary ha considerado y ha legislado sobre dos espacios de tiempo para computar las inasistencias de los socios a la reunión semanal de su club. Y así considerará compensadas las inasistencias de sus socios a la reunión semanal de su club: - Dentro de los 14 días anteriores o posteriores a la reunión semanal de su club. Dentro de los 14 días anteriores o posteriores a la reunión semanal de su club. Todo socio tendrá por compensada la ausencia a la reunión de su club, cuando: - asistiera a la reunión ordinaria de otro club rotario o club provisional, permaneciendo por lo menos el 60% del tiempo dedicado a la reunión ordinaria propiamente dicha; o - asistiera a una reunión ordinaria de un club ya establecido o provisional de Rotaract, Interact, un Grupo de Rotary para Fomento de la Comunidad o una Agrupación de Rotary; o - asistiera a una Convención de RI, a un Consejo de Legislación, una Asamblea Internacional, un Instituto Rotario para ex funcionarios, funcionarios y funcionarios entrantes de RI, u otras reuniones convocadas por la Directiva de RI o el presidente de RI representando a la Directiva, una conferencia multizonal rotaria, una reunión de un comité de RI, una Conferencia de Distrito, una Asamblea de Distrito, toda reunión distrital convocada por la Directiva de RI, cualquier reunión de un comité distrital, celebrada por disposición del gobernador, o una reunión interclubes debidamente anunciada; o - se presentara a la hora y en el lugar en que se celebra la reunión ordinaria de otro club con el objeto de asistir a la misma, y el club no se reuniese a esa hora o en ese lugar; o - asistiera y participara en un proyecto de servicio del club o una función o reunión de la comunidad patrocinada por el club, siempre que estas actividades estén autorizadas por la directiva; o - asistiera a una reunión de la directiva de este club o, autorizado por la directiva, asistiera a una reunión de un comité de servicio al cual fuese asignado; o - participara a través del sitio web de un club en una actividad interactiva que requiera al menos 30 minutos de participación. Cuando un socio debe ausentarse del país donde reside por un período superior a los 14 días, no estará sujeto al límite de tiempo estipulado, y podrá asistir a reuniones en otro país que tengan lugar en cualquier día y a cualquier hora mientras permanezca en el extranjero, siendo su asistencia a las mismas, válida para compensar ausencia en las reuniones de su club. En el momento en que se celebra la reunión semanal de su club, todo socio tendrá por compensada la ausencia a la reunión de su club, si estuviera: - viajando o volviendo de una de las reuniones especificadas oficiales indicadas arriba; o - atendiendo asuntos de Rotary en carácter de funcionario o miembro de un comité de Rotary International o del Consejo de Fideicomisarios de La Fundación Rotaria; o - atendiendo asuntos de Rotary en carácter de representante especial del gobernador de distrito para la organización de un nuevo club; o - atendiendo asuntos de Rotary en carácter de empleado de Rotary International; o - directa y activamente dedicado a un proyecto de servicio patrocinado por un distrito rotario o por Rotary International o La Fundación Rotaria en un lugar remoto donde sea completamente imposible compensar su ausencia; o - gestionando asuntos de Rotary con la debida autorización de la Directiva, lo cual impida su asistencia a la reunión. PORCENTAJES DE ASISTENCIA MINIMOS A SU CLUB Los socios de un club deben: BAJA POR FALTA DE ASISTENCIA Todos socio que no cumpliera con los requisitos mínimos de porcentaje de asistencia en su club podrá ser dado de baja, a menos que hubiera obtenido dispensa de la directiva por existir un motivo justificado y suficiente. INASISTENCIAS CONSECUTIVAS A menos que las inasistencias de dicho socio fuesen justificadas según ya se indica, o la directiva le otorgase autorización para faltar por motivos justificados y suficientes, la directiva comunicará a todo socio de este club que faltara a cuatro reuniones ordinarias consecutivas o no compensara estas ausencias, que su inasistencia a tales reuniones podrá considerarse una petición para el cese de su afiliación al club. A partir de entonces la directiva podrá, por mayoría de votos, decretar el cese de su afiliación. CUOTAS Pago de Cuotas Todo socio del club rotario deberá pagar la cuota de ingreso y las cuotas ordinarias que se prescriban en el reglamento del club. Excepciones Se hace excepción del pago de cuota de ingreso al ex socio de otro club o del socio que transfiera su condición de socio de otro club, admitido de conformidad con el Reglamento para tales casos, a quien no se le exigirá que pague una segunda cuota de ingreso. Suscripción obligatoria a la revista Oficial/regional. Salvo que este club hubiera sido eximido por la Directiva de RI de la obligación de cumplir con lo dispuesto, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Rotary International, todo socio de un club deberá, mientras dure su afiliación, estar suscrito a la revista oficial o la revista regional aprobada y prescrita para los clubes rotarios por la Directiva de RI. La suscripción deberá pagarse en períodos de seis (6) meses mientras dure la afiliación al club y hasta el final de cualquier período de seis (6) meses en que cese su afiliación. Baja por falta de pago. Todo socio que no pague su cuota dentro de los 30 días siguientes a la fecha establecida para hacerlo, será notificado por el secretario, en carta dirigida a su última dirección conocida. De no pagar la cuota pendiente dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la notificación, su calidad de socio podrá cesar, a criterio de la directiva. Readmisión. La directiva podrá readmitir al ex socio, a petición de éste y previo pago de la cantidad adeudada. Sin embargo, no se podrá reelegir como socio activo a ningún ex socio si su clasificación contraviniera lo estipulado en las disposiciones sobre clasificaciones. _________________
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® © Rotary E-Club Latinoamérica, Distrito 4200, 2009 |
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