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El socio de un club rotario. Procedimiento para la elección de socios La directiva verificará que la citada propuesta cumpla con todos los requisitos establecidos en los Estatutos prescritos a los clubes rotarios en cuanto a clasificaciones y socios. La directiva aprobará o desaprobará la propuesta dentro de los 30 días posteriores a su recepción y notificará su decisión al proponente, por intermedio del secretario del club. Si la decisión de la directiva es favorable, el socio en perspectiva será informado acerca de los propósitos de Rotary y de los privilegios y responsabilidades que conlleva el ser socio, después de lo cual se le pedirá que firme el formulario de propuesta de socio y dé su permiso para anunciar al club su nombre y la clasificación que ocupará. Si ningún socio del club (que no sea honorario) plantea por escrito alguna objeción a la propuesta y la sustenta con las razones pertinentes dentro de los siete días siguientes a la difusión de la información sobre el posible socio, éste, inmediatamente después de pagar su cuota de ingreso como se dispone en este reglamento (excepto para las personas propuestas como socias honorarias), se considerará elegido como socio. Si se ha elevado a la directiva alguna objeción, ésta votará sobre este asunto en su próxima reunión. Si, a pesar de dicha objeción, la directiva aprueba el ingreso del socio propuesto, éste, inmediatamente después de pagar la cuota de ingreso establecida (excepto para las personas propuestas como socias honorarias), se considerará elegido como socio. Después de la elección, el presidente del club efectuará los arreglos necesarios para la instalación del nuevo socio, además de la entrega de la tarjeta de identificación y el material impreso necesario. Asimismo, el presidente o el secretario transmitirá a RI la información sobre el socio nuevo. Por otra parte, el presidente asignará a un socio la responsabilidad de asistir al nuevo socio, facilitándole su integración y encomendándole tareas relacionadas con un proyecto o función del club. Renuncia de un socio. Pérdida de derechos sobre los bienes del club. Doble afiliación. Empleados de RI. Asistencia a las reuniones de otros clubes. Afiliación a otras organizaciones Ubicación del lugar de negocio o residencia Un socio activo que se mude fuera de la localidad del club o el área circundante, podrá conservar su calidad de socio del club, o se le podrá conceder licencia especial, con el permiso de la directiva del club durante un período que no exceda de un año, siempre que la directiva lo autorice y el socio activo continúe cumpliendo con todos los requisitos de afiliación al club. Rotarios que se mudan a una nueva localidad. Un socio podrá proponer en carácter de socio activo a un ex rotario siempre que el socio propuesto haya puesto fin a su afiliación al otro club o esté por terminar esa afiliación por no estar ya dedicado a la clasificación que anteriormente le fuera asignada dentro de la localidad del club anterior o área circundante. El ex socio al que se proponga para ingresar como socio activo, podrá ser propuesto también por su club anterior. La clasificación de un rotario que transfiere su condición de socio o de un ex socio de otro club no se utilizará para impedir la afiliación de dicha persona en calidad de socio activo, aun cuando con su afiliación se superen temporalmente los límites máximos estipulados en cuanto a clasificaciones _________________
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® © Rotary E-Club Latinoamérica, Distrito 4200, 2009 |
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